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Requisitos para la naturalización
Solicitantes elegibles
A diferencia de otros tipos de clasificaciones de inmigración, como las visas de trabajo y las tarjetas verdes, no hay límite en la cantidad de solicitudes de ciudadanía que pueden aprobarse por año. A fin de recibir la ciudadanía estadounidense, el solicitante simplemente debe tener 18 años de edad como mínimo y cumplir con los requisitos de residencia y de presencia física.
Con la excepción de determinado personal militar estadounidense, para poder solicitar la ciudadanía estadounidense, la persona debe ser admitida como residente permanente legal, y cumplir con los requisitos de residencia y de presencia física. Estos son dos requisitos distintos y separados.
Una vez que una persona se convierte en residente permanente legal, deberá residir de manera “permanente” en EE.UU. Esto no significa que los residentes permanentes legales nunca podrán salir de EE.UU. Significa que los residentes permanentes legales deben vivir en EE.UU. como si fuera su hogar. Es legal y está permitido que los residentes permanentes legales salgan de EE.UU. por cierto tiempo. Sin embargo, mientras más tiempo permanezca un residente permanente legal fuera de EE.UU., más difícil será demostrar que reside “permanentemente” en EE.UU.
El requisito de residencia continua para la ciudadanía estadounidense se relaciona con el tiempo que un solicitante mantiene la condición de residente permanente legal. Una vez que una persona se convierte en residente permanente legal (titular de la tarjeta verde), deberá residir de manera “permanente” en EE.UU. Esto significa que EE.UU. se convierte en el hogar principal del residente permanente. La persona debe mantener “lazos” con EE.UU., como por ejemplo viviendas (propias o alquiladas), empleo, actividades bancarias u otras actividades financieras, organizaciones relacionadas con la comunidad, actividades religiosas, etc. En general, la persona de hecho debe vivir en EE.UU., en vez de simplemente tener una dirección en EE.UU. y vivir en otro país.
Para poder solicitar la ciudadanía estadounidense, el residente permanente mayor de 18 años debe haber mantenido residencia continua en EE.UU. durante un período específico. Esto es distinto de mantener residencia permanente. Diferentes tipos de solicitantes tienen distintos requisitos de residencia. Los dos tipos más comunes de solicitantes y los requisitos de residencia continua son:
- Los solicitantes que han sido residentes permanentes durante al menos cinco años deben demostrar residencia continua en EE.UU. de al menos cinco años.
- Los solicitantes que han estado casados y viviendo con un cónyuge ciudadano estadounidense durante tres años y cuyo cónyuge ha sido ciudadano estadounidense durante al menos tres años deben demostrar residencia continua en EE.UU. de tres años.
Otros tipos de solicitantes, como el personal militar, pueden tener una exención del requisito de residencia continua. Consulta la lista de los distintos tipos de solicitantes y los requisitos de residencia relacionados.
Es importante tener en cuenta que solo porque una persona haya sido residente permanente de EE.UU. durante cierto tiempo no significa que ha residido de manera continua en EE.UU. durante ese mismo período. Si realiza un viaje extendido fuera de EE.UU. durante seis meses o más, el período de residencia continua se puede detener y se puede requerir que comience nuevamente.
Por ejemplo, John se convirtió en residente permanente de EE.UU. en enero de 1985. Poco después de convertirse en residente permanente, John fue contratado por una importante empresa internacional que le exigía trabajar fuera de EE.UU. en un puesto de tres años. John abandona EE.UU. en junio de 1985 y regresa en junio de 1988. En enero de 1990, John habrá sido residente permanente de EE.UU. durante cinco años pero no será elegible para solicitar la ciudadanía estadounidense hasta junio de 1993. Esto se debe a que su tiempo transcurrido fuera de EE.UU. interrumpió el período de residencia continua. Asimismo, los primeros seis meses que John residió en EE.UU. ya no se tomarán en cuenta para el requisito de residencia continua. John debe demostrar una residencia continua de cinco años completos en EE.UU., sin interrupción, antes de ser elegible para solicitar la ciudadanía estadounidense.
Nota importante: El tiempo como residente permanente en EE.UU. no siempre es igual al tiempo de la residencia continua cuando se solicita la ciudadanía estadounidense.
La residencia continua para solicitar la ciudadanía estadounidense es distinta de simplemente mantener la condición de residente permanente de EE.UU. Cuando se trata de demostrar la mantención de la condición de residente permanente de EE.UU., las ausencias prolongadas pueden resolverse demostrando “lazos” continuos con EE.UU. y la intención de regresar a EE.UU. Cuando se intenta demostrar residencia continua para solicitar la ciudadanía estadounidense, los lazos con EE.UU. y la intención de regresar no se considerarán. La residencia continua real es el único factor.
Es importante recordar que, si bien entrar a EE.UU. y salir de dicho país es legal y está permitido sin que afecte la condición de residente permanente, los viajes prolongados de seis meses o más pueden interrumpir el período de residencia continua para los fines de solicitar la ciudadanía estadounidense.
Durante el proceso de solicitud, los interesados deberán documentar todos los viajes fuera de EE.UU. desde que se convirtieron en residentes permanentes. Los viajes de menos de seis meses no afectan el requisito de residencia continua. Los viajes de más de seis meses pero de menos de un año interrumpirán el requisito de residencia continua a menos que haya una explicación razonable de la ausencia. Los viajes de más de un año interrumpirán el requisito de residencia continua, a menos que se muestre un formulario N-470: Solicitud para Mantener Residencia con Propósitos de Naturalización aprobado. La capacidad para “preservar” la residencia se limita a muy pocas personas que trabajan para el Gobierno de EE.UU., empresas de investigaciones de EE.UU. o empresas de EE.UU. involucradas en el desarrollo del comercio exterior. Determinar si un puesto en el exterior califica para la preservación de la residencia N-470 puede ser engañoso. Los solicitantes que creen que pueden estar en esta situación deben consultar a un abogado experto en inmigraciones para obtener asesoramiento.
Lo que hay que recordar sobre el requisito de residencia continua es que no siempre coincide con el tiempo como residente permanente. Imagina que hay dos relojes separados: uno que mide el tiempo con la condición de residente permanente y otro que mide la residencia continua en EE.UU. El reloj que mide el tiempo con la condición de residente permanente comienza el día en que se otorga la tarjeta verde y no se detiene a menos que el residente permanente actúe de manera tal que pierda la condición.
El reloj que mide la residencia continua en EE.UU. también comienza al mismo tiempo, pero se detiene, se atrasa y comienza de nuevo debido a viajes internacionales de más de un año de duración. En algunos casos, el reloj puede comenzar de nuevo debido a viajes de entre seis meses y un año si no hay explicación razonable de la ausencia.
Nota importante:Recuerda que el tiempo transcurrido con la condición de residente permanente no equivale a una residencia continua en EE.UU.
En el ejemplo de John, en vez de ser elegible para solicitar la ciudadanía estadounidense en enero de 1990, él tuvo que esperar hasta junio de 1993, tres años y medio más. Una forma de evitar la interrupción de la residencia continua es regresar a EE.UU. al menos una vez cada seis meses. Los viajes fuera de EE.UU. de menos de seis meses no interrumpen la continuidad de la residencia. Regresar a EE.UU. al menos por un día finalizará la ausencia y preservará la continuidad de la residencia. Si regresar a EE.UU. cada seis meses no es posible, los solicitantes deben ver si pueden preservar la residencia mediante la presentación del Formulario N-470 o, por lo menos, ser conscientes de que deberán comenzar a contar la residencia continua desde cero.
Nota importante: Regresar a EE.UU. al menos una vez cada seis meses es una forma de evitar interrumpir la continuidad de la residencia.
Una vez que se haya presentado la solicitud de naturalización, los solicitantes deberán continuar con el cumplimiento del requisito de residencia continua hasta que se apruebe la solicitud. Esto significa que los solicitantes deben tener cuidado con estar fuera de EE.UU. durante seis meses y hasta un año sin una explicación razonable de la ausencia. Si no mantienen la residencia continua mientras la solicitud de naturalización se procesa, se puede provocar la denegación de la solicitud.
Requisito de presencia física
Además del requisito de residencia continua, hay un requisito de presencia física paralelo. La presencia física significa simplemente eso, estar presente físicamente en suelo estadounidense. El requisito de presencia física debe demostrarse durante el período de residencia continua y normalmente es la mitad del tiempo de la residencia continua. Para los solicitantes que califican según el requisito de cinco años con condición de residente permanente y de
residencia continua, el requisito de presencia física es de dos años y medio (30 meses). Para los solicitantes que califican según el requisito de tres años de matrimonio con un ciudadano estadounidense, el requisito de presencia física es de un año y medio (18 meses). Consulta la lista de los tipos de solicitantes y los requisitos de presencia relacionados.
Nota importante: El requisito de presencia física normalmente es la mitad del tiempo del requisito de residencia continua.
El requisito de presencia física es una cantidad total. A diferencia de la residencia continua, en la que debe haber un período ininterrumpido, la presencia física se calcula como el total de días en los que se estuvo presente físicamente en EE.UU. La presencia física se calcula durante el período de residencia continua requerida. La presencia física en EE.UU. antes de que comience el período de residencia continua no se considera para el requisito de ciudadanía.
Es importante llevar un registro exacto de los viajes dentro y fuera de EE.UU., incluidas las fechas exactas de entrada y de salida. Si hay muchos viajes, como en el caso de las personas que viajan con frecuencia por negocios, los funcionarios de Inmigración pueden contar cada día para asegurarse de que se haya cumplido el requisito. Incluso un solo día faltante puede provocar la denegación de la solicitud.
Requisito de residencia adicional
La residencia continua y la presencia física son dos de los requisitos principales que se necesitan para la ciudadanía estadounidense, pero también hay un requisito de residencia adicional que debe tenerse en cuenta. Las solicitudes de naturalización se presentan en direcciones de localidad segura (Lockbox) específicas del USCIS según el domicilio del solicitante. Los solicitantes deben vivir en el distrito del USCIS específico en el que realizan la solicitud durante un período de tres meses antes de presentar la solicitud. Los estudiantes pueden realizar la solicitud en el distrito donde estudian o donde vive su familia (si todavía dependen económicamente de sus padres).
Buena reputación moral
Todo solicitante de la ciudadanía estadounidense debe tener buena reputación moral. La buena reputación moral es un término muy amplio y confuso. En general, el Gobierno decide que una persona tiene buena reputación moral cuando sus acciones cumplen con los valores del ciudadano promedio en el área local. Esto significa que las acciones pasadas y presentes de una persona coinciden con las acciones de los vecinos.
Nota importante: La buena reputación moral es un término muy confuso, pero normalmente significa que una persona obedece las leyes, y que sus acciones son iguales o similares a aquellas de otros vecinos que respetan la ley.
Si bien el término “buena reputación moral” es confuso, hay algunas acciones que el Gobierno considera “impedimentos” claros hacia la naturalización. En otras palabras, ciertas acciones evitarán que una persona sea elegible para solicitar la naturalización. Si una persona ha sido condenada por asesinato, nunca podrá demostrar una buena reputación moral. Luego de ser condenados, los asesinos nunca serán elegibles para solicitar la ciudadanía estadounidense. Además, las personas condenadas por delitos agravados el 29 de noviembre de 1990, o después de esa fecha, no son elegibles para solicitar la ciudadanía. La ley federal especifica los delitos agravados, y estos incluyen actos como el asesinato, la violación y el tráfico de drogas. Las consecuencias de la actividad delictiva no afectan solo el proceso de naturalización. Las condenas delictivas pueden afectar la condición de residente permanente de una persona y provocar el inicio de procedimientos de deportación. Las personas que hayan sido condenadas, o crean que han sido condenadas, por un delito agravado u otro delito deben buscar asesoramiento de un abogado experto en inmigraciones antes de presentar una solicitud de ciudadanía estadounidense.
El Formulario N-400: Solicitud de Naturalización incluye varias preguntas sobre delitos. El no informar sobre actos delictivos cometidos luego de los 18 años, aun cuando se hayan eliminado de los antecedentes, puede provocar la denegación de la solicitud. Mentir en la solicitud o durante la entrevista puede provocar la denegación de la solicitud debido a la falta de buena reputación moral. Además, si la ciudadanía se ha otorgado y el USCIS luego descubre que el solicitante mintió en la solicitud o durante la entrevista, la ciudadanía puede quitarse.
En el contexto de inmigración, con la excepción de delitos agravados, la buena reputación moral debe demostrarse para el período más reciente de residencia continua. Si el requisito de residencia continua es de cinco años y el solicitante ha mantenido residencia continua durante ocho años, el USCIS se enfocará solo en los cinco años más recientes para determinar la buena reputación moral. Si bien las acciones de más de cinco años pueden considerarse, no serán tan determinantes como aquellas que ocurrieron durante el período en cuestión. La pregunta es si el solicitante cumple con el requisito de buena reputación moral ahora, no si lo cumplió hace muchos años.
Nota importante: La buena reputación moral debe demostrarse para el período más reciente dentro del requisito de residencia continua. El funcionario de Inmigración puede considerar las acciones que ocurrieron antes de ese período, pero no son determinantes.
Los funcionarios de Inmigración revisarán el pasado de la persona en busca de actividades o acciones específicas que sean contrarias a la idea de buena reputación moral. Por ejemplo, la persona que haya estado involucrada en la prostitución, el tráfico de extranjeros o en casi todas las actividades delictivas no se considerará como persona con buena reputación moral. Ya que solo el período más reciente de residencia continua se revisa detenidamente, es posible que a una persona condenada por una actividad delictiva hace muchos años y que actualmente tiene permiso o libertad condicional, o una sentencia suspendida, no se le deniegue de manera automática la determinación de buena reputación moral. En su lugar, el funcionario de Inmigración puede considerar esta circunstancia y suspender la aprobación de la solicitud de naturalización hasta que se complete el permiso o la libertad condicional, o la sentencia suspendida. Toda persona con antecedentes penales de cualquier nivel debe buscar asesoramiento de un abogado experto en inmigración cuando solicite la ciudadanía estadounidense.
Si bien algunos tipos de conductas pueden presentar zonas grises para determinar la buena reputación moral, el USCIS ha afirmado explícitamente, además de determinadas conductas delictivas, que el no inscribirse en el Servicio Selectivo es mala reputación moral. Las leyes de EE.UU. exigen que todos los varones de entre 18 y 26 años, excepto de los no inmigrantes legales, deben inscribirse en el Servicio Selectivo. El Servicio Selectivo es la agencia federal responsable de proporcionar personal a las Fuerzas Armadas de EE.UU. en caso de emergencia. Si a un solicitante de la ciudadanía estadounidense se le exige inscribirse en el Servicio Selectivo y no lo ha hecho, la solicitud de ciudadanía puede ser denegada. Si el solicitante aún se encuentra dentro del grupo etario requerido para inscribirse y se niega a hacerlo, la solicitud de ciudadanía será denegada. Si el solicitante es mayor de 26 años e intencionalmente y a sabiendas no se había inscrito, la solicitud de ciudadanía será denegada. Si el solicitante es mayor de 31 años, el no haberse inscrito, aun cuando sea intencionalmente y a sabiendas, será considerado como un factor al momento de determinar la buena reputación moral, pero no tendrá como resultado la denegación automática de la solicitud de ciudadanía. Este último caso ocurre debido a que el no inscribirse en el Servicio Selectivo se da fuera del período de residencia continua.
Qué ocurre si una persona no se inscribe en el Servicio Selectivo
- De 18 a 26 años
Los solicitantes deben inscribirse en el Servicio Selectivo. Si se niegan a inscribirse en el Servicio Selectivo, la solicitud de naturalización será denegada.
- De 26 a 31 años
Los solicitantes deben demostrar que la no inscripción no fue intencional ni a sabiendas. En otras palabras, el solicitante debe demostrar que si hubiera sabido sobre el requisito, se habría inscrito en el Servicio Selectivo. Si el solicitante no puede demostrar esto, la solicitud de naturalización será denegada.
- Mayor de 31 años
Aun cuando el solicitante no se inscribiera a sabiendas debido a que esto ocurrió antes de que comenzara el requisito de residencia continua, el USCIS puede considerarlo como un factor al momento de determinar la buena reputación moral. La solicitud de naturalización puede aprobarse si el funcionario está convencido de que el solicitante cumple en la actualidad con la norma de buena reputación moral.
Nota importante: El período para determinar la buena reputación moral solo se cuenta cuando comienza el período de residencia continua. Aun cuando la persona no hubiese tenido buena reputación moral en el pasado, siempre que el funcionario de Inmigración vea buena reputación moral durante el período requerido, la solicitud de naturalización puede ser aprobada.
El pago de impuestos es otra área importante al momento de considerar la buena reputación moral. Algunos funcionarios de Inmigración realizarán una investigación detallada del historial fiscal del solicitante. Algunos incluso pueden ir tan lejos como solicitar cartas del IRS respecto de la adecuación de determinadas deducciones de impuestos o la confirmación de pagos de impuestos.
Examen de ciudadanía
El examen de ciudadanía consta de varias partes. Con algunas excepciones, todos los solicitantes deben poder leer, escribir y hablar en inglés básico. La comprensión oral del idioma
inglés se evalúa mediante el proceso de la entrevista. Si el solicitante puede comprender y responder las preguntas de la entrevista, este posee la comprensión oral requerida del idioma. Para la lectura, el solicitante debe leer correctamente una de tres oraciones. Para la escritura, el solicitante debe escribir correctamente una de tres oraciones. Si bien las partes de lectura y escritura del examen se enfocaban anteriormente en oraciones tan simples como “I love America” (Amo a los Estados Unidos) o “It is a sunny day” (Es un día soleado), en la última versión del examen se incorpora más información sobre educación cívica (historia y Gobierno de EE.UU.) en las partes de lectura y escritura. Una muestra de la oración para leer o escribir ahora puede ser “George Washington was the first President of the United States” (George Washington fue el primer presidente de los Estados Unidos). En los anexos se incluye un resumen del vocabulario para la lectura y la escritura.
Hay cuatro grupos de solicitantes que pueden recibir una exención para no tener que completar la parte del idioma inglés del examen:
- Solicitantes que no son capaces físicamente de cumplir con el requisito debido a una discapacidad como ceguera, sordera u otra condición;
- Solicitantes que tienen un impedimento mental o del desarrollo;
- Solicitantes mayores de 50 años al día de la presentación y que han vivido en EE.UU. durante 20 años como mínimo desde que se convirtieron en residentes permanentes; y
- Solicitantes mayores de 55 años al día de la presentación y que han sido residentes permanentes y vivieron en EE.UU. durante 15 años como mínimo.
Los solicitantes de cualquiera de estas categorías pueden solicitar una exención del requisito del idioma inglés cuando presenten el Formulario N-400. Además, los solicitantes de las categorías 1 o 2 también pueden solicitar una exención por discapacidad mediante el Formulario N-648 al momento de la presentación o en la entrevista de naturalización. El Formulario N-648 debe ser completado por un profesional médico con licencia para ejercer en EE.UU. Se les recomienda a los solicitantes que deseen una exención por discapacidad bajo la categoría 1 o 2 buscar asesoramiento de un abogado experto en inmigración.
La parte más reconocida del examen de ciudadanía es la sección de educación cívica. La mayoría de los ciudadanos extranjeros son conscientes del requisito de tener una comprensión básica sobre la historia y el Gobierno de EE.UU. para convertirse en ciudadanos estadounidenses. La sección de educación cívica evalúa el conocimiento del solicitante sobre la historia y el Gobierno de EE.UU. Hay 100 preguntas estándares respecto de la historia y el Gobierno de EE.UU. Durante la entrevista de naturalización, se le harán al solicitante hasta 10 preguntas de esta lista. El solicitante debe responder correctamente al menos seis de diez preguntas.
La lista de las 100 preguntas estándares puede encontrarse.
Juramento de lealtad
Todos los solicitantes de la ciudadanía estadounidense deben tomar juramento de lealtad. El juramento es símbolo de la promesa del solicitante de renunciar a la lealtad hacia todos los demás países, y de respaldar la Constitución y las leyes de EE.UU. Al tomar el juramento, los solicitantes prometen realizar tres cosas:
- Renunciar a la lealtad hacia otros países;
- Respaldar la Constitución de EE.UU., y
- Servir en las Fuerzas Armadas de EE.UU. (combatiente o no combatiente) o el servicio civil cuando se requiera.
Las palabras del juramento de lealtad pueden encontrarse en los anexos. El juramento debe tomarse en su totalidad. Si las creencias o prácticas religiosas del solicitante le prohíben recitar una parte específica del juramento, se puede realizar una solicitud para la modificación del juramento. El solicitante debe proporcionar una notificación escrita, ya sea al momento de la presentación o en la entrevista. La solicitud de la modificación del juramento debe identificar las palabras específicas que no pueden recitarse y debe explicar por qué estas palabras o frases van en contra de las creencias o las prácticas religiosas de la persona. El USCIS revisará las solicitudes de modificación del juramento según cada caso.
Doble ciudadanía
Una persona con doble ciudadanía es una persona que es ciudadana de dos países al mismo tiempo. Cada país tiene sus propias leyes de ciudadanía. Las personas pueden adquirir la doble ciudadanía, ya sea por acción legal o por elección. Por ejemplo, un niño nacido en un país extranjero de padres ciudadanos estadounidenses puede ser ciudadano estadounidense y ciudadano del país de nacimiento. Un ciudadano estadounidense puede adquirir la ciudadanía extranjera por matrimonio, o un ciudadano estadounidense naturalizado no puede perder su ciudadanía de nacimiento.
El Gobierno de EE.UU. reconoce que la doble ciudadanía existe, pero no la promueve. La doble ciudadanía crea cuestiones de lealtad y otras dificultades. Los reclamos de otros países sobre ciudadanos con doble ciudadanía pueden crear conflictos con la ley de EE.UU. La asistencia del Gobierno con respecto a un ciudadano estadounidense en el exterior que posee una ciudadanía extranjera adicional puede verse limitada. Si bien el país donde se ubica la persona con doble ciudadanía puede normalmente reclamar con más solidez la lealtad de esa persona, la persona con doble ciudadanía le debe lealtad a ambos países, a EE.UU. y al país extranjero. La persona con doble ciudadanía debe obedecer las leyes de EE.UU. y del país extranjero. Es posible que deba tener un pasaporte estadounidense para ingresar en EE.UU. y un pasaporte extranjero para ingresar en el país extranjero.
Las leyes de EE.UU. no permiten específicamente la doble ciudadanía. Si bien el juramento de lealtad exige que los solicitantes renuncien a la lealtad hacia todos los países extranjeros, las leyes de otros países pueden exigir más que solo un reconocimiento verbal para poder renunciar a la ciudadanía. En otras palabras, simplemente tomar el juramento de lealtad hacia EE.UU. puede no ser suficiente para renunciar formalmente a la ciudadanía de otro país. Del mismo modo, la ciudadanía estadounidense exige acción afirmativa para poder renunciar a ella. Un ciudadano estadounidense que automáticamente adquiere una ciudadanía extranjera por matrimonio o por otro evento no está en riesgo de perder la ciudadanía estadounidense. La ciudadanía estadounidense solo puede perderse si la persona solicita voluntariamente la ciudadanía extranjera, con la intención de renunciar a la ciudadanía estadounidense, o firma un juramento de renuncia en un Consulado o una Embajada de EE.UU. en el exterior.
Personal militar de EE. UU.
Los veteranos y los miembros actuales de las Fuerzas Armadas de EE.UU. están exentos de determinados requisitos de naturalización. Es posible que los veteranos y los miembros actuales de las Fuerzas Armadas de EE.UU. (el Ejército, la Marina, la Fuerza Aérea, la Guardia Costera, la Guardia Nacional) no estén sujetos a los requisitos de presencia física y de residencia continua para la naturalización. Resumen de los requisitos generales para el personal militar.
El personal militar actual puede estar exento de estos requisitos si los miembros han prestado servicio activo con honores o estuvieron en el servicio de reserva durante un año o más, son residentes permanentes legales, y solicitan la naturalización mientras se encuentran en servicio o dentro de los seis meses posteriores a la baja.
Los veteranos o el personal militar actual que hayan prestado servicio activo o hayan estado en la Reserva Selecta de la Reserva en Alerta durante períodos designados de conflicto pueden solicitar la naturalización si, luego de alistarse, fueron admitidos legalmente como residentes permanentes O BIEN al momento de alistarse, alistarse nuevamente o de ser reclutados, estuvieron presentes físicamente en EE.UU. En otras palabras, si una persona ha prestado servicio en el servicio militar de EE.UU. durante un período de conflicto autorizado, no necesita cumplir con los requisitos de presencia física o de residencia continua necesarios para la naturalización. Además, tampoco necesitan ser residentes permanentes siempre que hayan estado físicamente presentes en EE.UU. cuando se alistaron, se alistaron nuevamente o fueron reclutados en el servicio militar.
Los períodos de conflicto autorizados son los siguientes:
- Primera Guerra Mundial (6/4/17 – 11/11/18)
- Segunda Guerra Mundial (1/9/39 – 31/12/46)
- Guerra de Corea (25/6/50 – 1/7/55)
- Guerra de Vietnam (28/2/61 – 15/10/78)
- 9/11/2001 – Presente
El período de conflicto actual permanecerá vigente hasta que el presidente emita una orden ejecutiva que finalice la designación.
Nota importante: Los veteranos y el personal militar actual de EE.UU. que hayan prestado servicio en un período de conflicto designado no tienen que cumplir con los requisitos de presencia física y de residencia continua. Además, el personal militar actual de EE.UU. que ha prestado servicio durante al menos un año tampoco tiene que cumplir con los requisitos, siempre que solicite la naturalización dentro de los seis meses posteriores a la baja del servicio militar.