Cómo obtener una Tarjeta Verde

I-485

Generalmente, los parientes de ciudadanos estadounidenses reciben la tarjeta verde (“green card”) más rápido, y la mayoría de las personas obtienen la tarjeta verde porque tienen familiares en EE.UU., trabajan allí o se les ofreció un empleo en EE.UU. No obstante, existen otras maneras de obtenerla. En este artículo analizaremos algunas de ellas. Según tus circunstancias particulares, puedes demorar desde semanas hasta años para obtener una tarjeta verde.

En las dos secciones de este artículo analizaremos las maneras principales de obtener la tarjeta verde:

Ajuste de condición: es una manera de obtener una tarjeta verde para las personas que viven de manera temporal y con autorización en EE.UU. Pueden solicitar un ajuste de su estancia temporal a una permanente.

Procesamiento consular: es otra manera de obtener una tarjeta verde para las personas que se encuentran fuera de EE.UU. Pueden solicitar ingresar a EE.UU. y obtener la autorización para vivir allí de manera permanente.

Por último, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) decidirá si te otorga la tarjeta verde según la información que tenga sobre ti, incluida tu solicitud, tu entrevista, los resultados de los controles de seguridad y la información sobre tu salud.

Personas que se encuentran en EE.UU.

Existen muchas razones por las que puedes tener autorización para vivir de manera temporal en EE.UU. Una vez que estés legalmente en EE.UU. (generalmente porque tienes la condición de no inmigrante o de persona bajo permiso condicional), podrás solicitar la tarjeta verde para ajustar tu condición temporal a una permanente.

1. Presenta la petición migratoria

Una petición migratoria es un formulario que muestra al Gobierno de EE.UU. que existe un motivo para que vivas de manera permanente en EE.UU. En pocas situaciones, podrás presentar la petición por tu cuenta.

(En el Paso 2 analizaremos la presentación del Formulario I-485: Solicitud de Registro de Residencia Permanente o de Ajuste de Condición. A veces puedes presentar el Formulario I-485 al mismo tiempo que tu patrocinador presenta la petición migratoria. El USCIS denomina esto “presentación concurrente”. Los parientes directos de un ciudadano estadounidense pueden realizar la presentación concurrente. Pero en la mayoría de los casos, la petición migratoria debe estar aprobada antes de que se te permita presentar el Formulario I-485).

Basada en la familia: Los parientes de ciudadanos estadounidenses o de residentes permanentes deben solicitar a su familiar estadounidense que presente el Formulario I-130: Petición para Pariente Extranjero en su nombre.

Basada en el empleo: Los solicitantes que solicitan la tarjeta verde porque trabajan en EE.UU. necesitarán que un empleador presente una petición en su nombre. Ten en cuenta que el proceso para los inversores es diferente. Existen cuatro categorías para obtener la tarjeta verde basada en el empleo:

  • EB-1: trabajadores con prioridad
  • EB-2: profesionales con títulos avanzados o personas con habilidades excepcionales
  • EB-3: trabajadores profesionales o especializados
  • EB-4: inmigrantes especiales (como trabajadores religiosos, empleados del Canal de Panamá y ciertos médicos)

Un empleador de un trabajador EB-1 debe presentar el Formulario I-140: Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero. Un empleador de un trabajador EB-2 y EB-3 primero debe presentar una certificación laboral en el Departamento del Trabajo de EE.UU. y luego presentar el Formulario I-140. El empleador de un titular de la visa EB-4 debe presentar el Formulario I-360: Petición para Amerasiático, Viudo/a o Inmigrante Especial.

Inversores: La categoría de inversores es para personas que:

  • Realizan inversiones financieras en EE.UU. por un millón de dólares o más, o una inversión financiera de $500.000 en un área rural o de desempleo alto en EE.UU.
  • Planean crear o preservar al menos diez trabajos permanentes de tiempo completo para trabajadores calificados de EE.UU.

Los inversores solicitantes pueden realizar una petición por cuenta propia mediante el Formulario I-526: Petición de Inmigrante de Empresario Extranjero.

Refugiado: Un refugiado no necesita que una persona realice la petición en su nombre. No obstante, debe cumplir con los siguientes requisitos para ser elegible para obtener la tarjeta verde a través de la condición de refugiado:

  • Ha sido admitido en EE UU. como refugiado.
  • Ha vivido físicamente en EE.UU. durante un año como mínimo en condición de refugiado.
  • Actualmente tiene condición de refugiado.

Asilado: Un asilado no necesita que una persona realice la petición en su nombre. No obstante, debe cumplir con los siguientes requisitos para ser elegible para obtener la tarjeta verde a través de la condición de asilado:

  • Debe haber estado físicamente presente en EE.UU. durante un año como mínimo desde que recibió el asilo.
  • Actualmente tiene la condición de asilado o es el esposo, la esposa o el hijo de un asilado.
  • No se mudó de manera permanente a un país extranjero.
  • Tiene permitido ingresar a EE.UU. (aunque puede obtener una exención si actualmente no le es permitido ingresar).

Cónyuge o hijo maltratado (ley VAWA): Las víctimas de abuso doméstico no necesitan que alguien realice una petición para ellos. Un esposo, una esposa o un hijo maltratado, o el padre de un hijo maltratado pueden realizar la petición por cuenta propia para obtener una visa de inmigrante según la Ley de Violencia Contra la Mujer (VAWA). Debe presentar el Formulario I-360: Petición para Amerasiático, Viudo/a o Inmigrante Especial.

Persona nacida en EE.UU. hijo de un diplomático extranjero: Un hijo nacido en EE.UU. de un padre que es funcionario diplomático extranjero y que figura en la Lista diplomática del Departamento de Estado de EE.UU. (DOS) no necesita que una persona realice la petición en su nombre. Sin embargo, debe cumplir con ciertos requisitos y enviar evidencia de apoyo especial.

2. Espera un número de visa de inmigrante

En la mayoría de los demás casos, necesitarás una petición aprobada y una “fecha de prioridad” actual antes de poder solicitar la tarjeta verde. Esto sucede debido a que la ley federal limita la cantidad de tarjetas verdes emitidas cada año, lo que significa que hay una lista de espera cuando hay más solicitantes calificados que la cantidad de tarjetas verdes que permite la ley. Tu “número de visa” significa tu lugar en la lista de espera. Tu fecha de prioridad es el momento en el que eres elegible para realizar la solicitud.

El número de visa está determinado por tu categoría de tarjeta verde y tu país de nacionalidad.

NOTA: Existe una cantidad ilimitada de tarjetas verdes para el esposo o la esposa, los padres o los hijos solteros menores de 21 años de un ciudadano estadounidense. Estos solicitantes, conocidos como parientes directos, no necesitan una fecha de prioridad actual para presentar el Formulario I-485. Pueden solicitar una tarjeta verde en un paso (mediante la presentación del Formulario I-130 y el Formulario I-485 al mismo tiempo, llamada presentación concurrente), o en dos pasos. Si lo hacen en dos pasos, pueden presentar el Formulario I-485 en cualquier momento después de la aprobación del Formulario I-130.

3. Presenta la solicitud de la tarjeta verde

En la mayoría de los casos, para las personas que viven en EE.UU., la solicitud para obtener la tarjeta verde es el Formulario I-485. Sin embargo, existen unas pocas categorías, como la categoría de cónyuge o hijo maltratado descrita arriba, para la que se requiere otro formulario para ajustar la condición. El formulario debe ser el correcto y estar completo para evitar demoras o denegaciones.

4. Asiste a la cita de recolección de datos biométricos

Debes recibir una notificación para asistir a una cita de recolección de datos biométricos en un Centro de Servicios del USCIS. En esta instancia, se te tomará una fotografía, tus huellas digitales y deberás proporcionar tu firma en un Centro de Respaldo de Solicitudes del USCIS. Esta información se utilizará para llevar a cabo un control de antecedentes.

5. Asiste a la entrevista de la tarjeta verde

La mayoría de los solicitantes de la tarjeta verde deben asistir a una entrevista en el USCIS. Te pedirán que lleves los originales de todos los documentos que enviaste con la solicitud de la tarjeta verde.

6. Recibe la decisión final por correo

Recibirás por correo una decisión por escrito. Si se aprobó tu residencia permanente, se enviará por correo la tarjeta verde a tu dirección en EE.UU.

Revisión de la tarjeta verde a través del ajuste de condición

Estos son los pasos generales para obtener la tarjeta verde si vives de manera temporal y con autorización en EE.UU.:

  • Una persona presenta una petición migratoria en tu nombre (a menos que te encuentres en la situación poco habitual de ser elegible para realizar la presentación por cuenta propia).
  • Espera a que tu número de prioridad esté disponible (a menos que seas el pariente directo de un ciudadano estadounidense).
  • Presenta el formulario correcto para ajustar tu condición, generalmente el Formulario I-485.
  • Asiste a la cita de recolección de datos biométricos.
  • Asiste a la entrevista, si es necesario.
  • Recibe la decisión final por correo.

Personas que se encuentran fuera de EE.UU.

La otra manera de obtener la tarjeta verde es a través del procesamiento consular. El procesamiento consular tiene lugar cuando solicitas la tarjeta verde mientras resides fuera de EE.UU. El Consulado de EE.UU. participa en el proceso y toma la decisión final. Si se aprueba, el solicitante recibirá una visa de inmigrante que le permitirá viajar a EE.UU. donde recibirá la tarjeta verde por correo.

1. Presenta la petición migratoria

Una petición migratoria es un formulario que muestra que hay una razón para que vivas de manera permanente en EE.UU. En pocas situaciones, podrás presentar la petición por cuenta propia, pero, en la mayoría de los casos, alguna persona en EE.UU. deberá hacerlo en tu nombre.

Basada en la familia: Los parientes de ciudadanos estadounidenses o de residentes permanentes deben solicitar a su familiar estadounidense que presente el Formulario I-130: Petición para Pariente Extranjero en su nombre.

El prometido de un ciudadano estadounidense que planee contraer matrimonio en EE.UU. necesita que su prometido estadounidense presente el Formulario I-129F: Petición para Prometido Extranjero en su nombre. Estos solicitantes recibirán una visa de no inmigrante (visa temporal) para viajar a EE.UU. Deben contraer matrimonio dentro de los 90 días posteriores a su llegada y luego solicitar la tarjeta verde a través del proceso de ajuste de condición.

Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes pueden traer a sus hijos adoptivos a EE.UU. también mediante la presentación del Formulario I-130. No obstante, se les solicitará a los padres adoptivos que presenten una petición adicional, (el Formulario I-600: Solicitud para Clasificar Huérfano como Familiar Directo) antes de la presentación del Formulario I-130.

El cónyuge de un ciudadano estadounidense que falleció después de presentar el Formulario I-130 no necesita presentar una nueva petición. Si estaban casados cuando él o ella falleció y cumples con todos los requisitos, puedes realizar la petición por cuenta propia mediante el Formulario I-130. Debes realizar la petición dentro del período requerido por la ley de EE.UU.

Los cónyuges de miembros de las Fuerzas Armadas de EE.UU. que fallecieron en combate pueden realizar la petición por cuenta propia para solicitar la condición de parientes directos mediante el Formulario I-360: Petición para Amerasiático, Viudo/a o Inmigrante Especial.

Aunque un Consulado de EE.UU. procese tu solicitud de la tarjeta verde, generalmente debes presentar tu petición en el USCIS. Solo podrás presentar el Formulario I-130 directamente en una Embajada o un Consulado de EE.UU. bajo las siguientes circunstancias:

  • El ciudadano estadounidense que presenta la petición en tu nombre estaba autorizado para vivir de manera continua en la jurisdicción de la oficina consular durante los seis meses anteriores como mínimo.
  • La persona que presenta la petición es miembro de las Fuerzas Armadas de EE.UU.
  • Es una situación de emergencia.
  • Es necesario para la salud o la seguridad del peticionario.
  • Es de interés nacional para EE.UU.
  • Deberás comunicarte con el Consulado antes de enviarles tu petición.

Basada en el empleo: Existen varias opciones de petición para las personas que planean trabajar en EE.UU. de manera permanente.

Si un empleador potencial desea contratarte de manera permanente, éste debe presentar el Formulario I-140: Petición para Trabajador Extranjero en tu nombre. Como se mencionó anteriormente, existen cuatro categorías de trabajadores:

  • EB-1: trabajadores con prioridad
  • EB-2: profesionales con títulos avanzados o personas con habilidades excepcionales
  • EB-3: trabajadores profesionales o especializados
  • EB-4: inmigrantes especiales

Un empleador de un trabajador EB-1 debe presentar el Formulario I-140: Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero. Un empleador de un trabajador EB-2 y EB-3 primero debe presentar una certificación laboral en el Departamento del Trabajo de EE.UU. y luego presentar el Formulario I-140. El empleador de un titular de la visa EB-4 debe presentar el Formulario I-360: Petición para Amerasiático, Viudo/a o Inmigrante Especial. Los trabajos de inmigrante especial EB-4 incluyen lo siguiente:

  • Traductor iraquí o afgano
  • Presentador
  • Empleado de organización internacional
  • Iraquí que asistió al Gobierno de EE.UU.
  • No inmigrante NATO-6
  • Empleado del Canal de Panamá
  • Médico con exención de interés nacional
  • Trabajador religioso

Inversores: La categoría de inversores es para personas que:

  • Realizan inversiones financieras en EE.UU. por un millón de dólares, o una inversión financiera de $500.000 en un área rural o de desempleo alto en EE.UU.
  • Planean crear o preservar al menos diez trabajos permanentes de tiempo completo para trabajadores calificados de EE.UU.

Los inversores solicitantes pueden realizar una petición por cuenta propia mediante el Formulario I-526: Petición de Inmigrante de Empresario Extranjero. Pueden otorgarse hasta 10.000 visas a estos empresarios cada año.

Programa de Visas de Diversidad: Existe también el Programa de Visas de Diversidad para Inmigrantes, al que se conoce a menudo como Lotería de la tarjeta verde. Cada año, hay 50.000 visas disponibles para solicitantes seleccionados al azar de países con bajas tasas de inmigración a EE.UU., como Japón, Francia, Rumania, Armenia, Albania, Letonia, Turquía, Ucrania y otros. La inscripción para el programa de 2016 se realizará en 2014.

2. Espera un número de visa de inmigrante

El USCIS notificará a tu peticionario sobre la decisión que tome. Si se deniega la petición, en la notificación se incluirán las razones de la denegación y los derechos para apelar la decisión. Si se aprueba la petición, el USCIS enviará la petición aprobada al Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado (DOS).

En la mayoría de los casos, necesitarás una petición aprobada y una “fecha de prioridad” actual antes de solicitar la visa. Debido a que la ley federal limita la cantidad de visas emitidas cada año, existe una lista de espera cuando hay más solicitantes calificados que la cantidad de visas que permite la ley. Tu “número de visa” significa tu lugar en la lista de espera. Tu fecha de prioridad es el momento en el que eres elegible para realizar la solicitud.

Tu posición en la lista de espera está determinada por la categoría de preferencia de tu visa de inmigrante y por el país desde el que solicitas la visa.

Para saber qué visas están disponibles en un momento determinado, revisa el Boletín de visas mensual del DOS.

NOTA: Existe una cantidad ilimitada de visas para el esposo o la esposa, los padres o los hijos solteros menores de 21 años (parientes directos) de un ciudadano estadounidense. Esto significa que ellos no necesitan esperar a que haya un número de prioridad actual para solicitar una visa.

3. Asiste a la cita de recolección de datos biométricos y a la entrevista

La oficina consular programará tu entrevista y tu cita para la recolección de datos biométricos una vez que haya una visa disponible o antes de la fecha límite que aparece en el Boletín de visas mensual. La oficina consular decidirá si eres elegible para obtener una visa de inmigrante. La mayoría de los solicitantes deben asistir a una entrevista, pero hay algunas excepciones.

4. Viaja a un puerto de entrada de EE.UU. y obtén la tarjeta verde

Cuando tu visa esté aprobada, el funcionario consular te dará un paquete de información conocido como “paquete de visa”. No lo abras. Cuando llegues a EE.UU., entrega el paquete al funcionario de Aduanas en el puerto de entrada.

Los titulares de la visa de inmigrante serán admitidos en EE.UU. como residentes permanentes si pasan la inspección del funcionario. Recibirán la tarjeta verde por correo en su dirección de EE.UU.

NOTA: La visa de prometido K-1 es una visa de no inmigrante. Cuando un titular de la visa K-1 es admitido en EE.UU., no se convierte en residente permanente de EE.UU. de inmediato. En cambio, debe contraer matrimonio con su prometido ciudadano estadounidense dentro de los 90 días posteriores a su llegada y luego solicitar un ajuste de condición. Solo después de la aprobación de la solicitud de ajuste de condición (Formulario I-485), recibirá la tarjeta verde.

Revisión de la tarjeta verde a través del procesamiento consular

Estos son los pasos básicos para obtener la tarjeta verde si vives fuera de EE.UU.:

  • Una persona presenta una petición migratoria en tu nombre (a menos que te encuentres en la situación poco habitual de ser elegible para realizar la presentación por cuenta propia).
  • Espera a que tu número de prioridad esté disponible (a menos que seas el pariente directo de un ciudadano estadounidense).
  • Asiste a la cita en una Embajada o un Consulado de EE.UU.
  • Lleva el paquete de visa cerrado a un puerto de entrada de EE.UU.
  • Recibe la tarjeta verde por correo en EE.UU.