Para realizar una apelación de inmigración, debes completar el formulario correcto y enviarlo a la agencia adecuada. Deberás pagar una tarifa de presentación cuando envíes el formulario. El formulario que deberás utilizar y a quién deberás enviarlo dependerá de la decisión que apelarás.
¿Qué es una apelación de inmigración?
Cuando realizas una apelación, estás solicitando que una autoridad superior vuelva a considerar una decisión. Por ejemplo, si un juez de Inmigraciones tomó una decisión sobre tu caso que no te satisface, puedes solicitar a un tribunal superior que invalide la decisión del juez de Inmigración y que dictamine a tu favor. No obstante, existen distintos formularios para utilizar y agencias para apelar. La forma en que realizas la apelación depende de lo que apeles y de la autoridad superior a la que apeles.
¿Quién puede presentar una apelación de inmigración?
Solo la persona que presentó la solicitud original puede presentar una apelación de inmigración. Por ejemplo, si tu hermano presentó una petición para que obtengas una visa para ingresar a EE.UU., él tendría que apelar la decisión por ti.
¿A quién presento la apelación?
Las personas cuya petición migratoria o caso sea denegado recibirán una Notificación de Denegación, por correo. En esta notificación se indicará el formulario que debe presentarse y a quién debe enviarse.
¿Qué formulario debo presentar?
El formulario que debes presentar dependerá de la decisión que estás apelando.
Formulario I-290B: la mayoría de las solicitudes del USCIS
Para la mayoría de las apelaciones se exige que completes el Formulario I-290B: Notificación de Apelación o Moción. El Formulario I-290B se utiliza para apelaciones al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Puedes apelar una decisión sobre las siguientes peticiones al USCIS mediante el Formulario I-290B:
- Formulario I-129CW: Petición para Trabajador Transitorio No Inmigrante de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) Solamente
- Formulario I-129F: Petición para Prometido Extranjero
- Formulario I-129: Petición para Trabajador No Inmigrante H1-B, H-2, H-3, L, O, P, Q o R
- Formulario I-131: Solicitud de Documento de Viaje
- Formulario I-140: Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero
- Formulario I-212: Solicitud de ingreso en los Estados Unidos después de haber sido deportado o expulsado
- Formulario I-352: Vínculo Migratorio
- Formulario I-360: Petición para Amerasiático, Viudo/a o Inmigrante Especial. Ten en cuenta que solo las personas mencionadas en la Parte 2, Ítem A o Parte 2, Ítems C a M pueden realizar una apelación mediante el Formulario I-290B.
- Formulario I-485: Solicitud de Registro de Residencia Permanente o de Ajuste de Condición. Ten en cuenta que solo puedes presentar este formulario por uno de estos motivos:
- Tu solicitud para obtener una tarjeta de residente permanente (tarjeta verde) fue denegada porque no pudiste demostrar que tenías un matrimonio verdadero mientras te encontrabas en procedimientos de remoción.
- Tu solicitud para obtener una tarjeta verde como refugiado indochino conforme a la Ley Pública 106–429 sec. 586 o la Ley Pública 95–145 sec. 103 fue denegada.
- Tu solicitud de una visa U o T fue denegada.
- Tu solicitud para obtener una tarjeta verde conforme a la sección 13 de la ley INA debido a tu condición de diplomático fue denegada.
- Tu solicitud para obtener una tarjeta verde conforme a la Parte 2, Ítem H del Formulario I-485 según lo calificado por la ley Life fue denegada.
- Formulario I-526: Petición de Inmigrante de Empresario Extranjero
- Formulario I-600: Solicitud para Clasificar Huérfano como Familiar Directo
- Formulario I-600A: Solicitud para Proceso Avanzado de Petición de Huérfano
- Formulario I-601: Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad
- Formulario I-612: Solicitud de Exención del Requisito de Residencia en el Extranjero
- Formulario I-800: Petición para clasificar a un adoptado de Convención como pariente directo
- Formulario I-800A: Solicitud de determinación de idoneidad para adoptar un niño de un país de la Convención
- Formulario I-821: Solicitud de la Condición de Protección Temporal
- Formulario I-905: Solicitud de Autorización para la Emisión de Certificados para Trabajadores de Asistencia Médica
- Formulario I-914: Solicitud de Condición T de No Inmigrante
- Formulario I-914A: Solicitud para Familiar Directo de Receptor T-1
- Formulario I-918: Petición de Condición U de No Inmigrante
- Formulario I-918A: Petición para Familiar que Califica de Receptor U-1
- Formulario I-924: Solicitud para Centro Regional según el Programa Piloto de Inversores Inmigrantes
- Formulario I-929: Petición para Familiar que Califica de un No Inmigrante U-1
- Formulario N-470: Solicitud para Mantener Residencia con Propósitos de Naturalización
- Formulario N-565: Solicitud de Reemplazo de Documento de Ciudadanía/Naturalización
- Formulario N-600: Solicitud de Certificado de Ciudadanía
- Formulario N-600K: Solicitud de Ciudadanía y Emisión del Certificado según la Sección 322
- Tu Certificado de Ciudadanía se canceló según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) §342. El USCIS canceló tu Certificado de Ciudadanía debido a que determinó que obtuviste el certificado de manera ilegal.
Debes presentar el Formulario I-290B dentro del período de 30 días después de la decisión del USCIS o de 33 días después de recibir la decisión por correo. Las personas que apelen la anulación de una petición de inmigrante que se había aprobado deben realizar la presentación dentro de los 15 días posteriores a una decisión verbal y 18 días posteriores a una decisión enviada por correo.
Para presentar el Formulario I-290B, debes incluir un cheque o un giro postal por $675 pagadero al “Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU.”. NO envíes dinero en efectivo.
Formulario I-694: solicitudes de residentes temporales y exenciones de causal de inadmisibilidad
Puedes presentar el Formulario I-694: Aviso de Apelación de Decisión según las Secciones 245A o 210 para apelar decisiones sobre lo siguiente:
- Formulario I-687: Solicitud de Condición de Residente Temporal según la Sección 245A de la INA
- Formulario I-690: Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad según las Secciones 245A o 210 de la INA
- Formulario I-698: Solicitud de Ajuste de Condición de Temporal a Residente Permanente
Debes enviar por correo el Formulario I-694 a la dirección que se menciona en tu Notificación de Negación junto con un cheque o un giro postal por $890 pagadero al “Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU.” NO envíes dinero en efectivo. Debes presentar tu solicitud dentro de los 30 días posteriores a la fecha que se menciona en tu Notificación de Negación.
Formulario N-336: solicitudes de naturalización
Para apelar una decisión sobre el Formulario N-400: Solicitud de Naturalización, debes presentar el Formulario N-336: Solicitud de Audiencia sobre Decisión en los Procedimientos de Naturalización. Puedes enviar el formulario con una copia de la Notificación de Negación y una tarifa de presentación de $700 dentro del período de 30 días después de recibir la Notificación de Negación (o de 33 días si la notificación se te envió por correo). Puedes incluir cualquier documento adicional que respaldaría tu caso en el Formulario N-336 cuando lo presentes. (También puedes presentar esos documentos de apoyo en la audiencia). Los miembros activos del servicio de EE.UU. cuyo Formulario N-400 fue denegado no tienen que pagar la tarifa de presentación de $700.
Formulario EOIR-29: solicitudes de petición de inmigrante
Para apelar una decisión sobre el Formulario I-130: Petición para Pariente Extranjero o el Formulario I-360: Petición para Viudo/a, puedes presentar el Formulario EOIR-29: Notificación de Apelación a la Junta de Apelaciones de Inmigración de una Decisión de un Oficial de Inmigración.
Debes enviar la solicitud con un cheque o giro postal por $110 pagadero al “Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU.”. NO envíes dinero en efectivo. Envía el formulario a la dirección mencionada en tu Notificación de Negación. NO envíes por correo la petición directamente a la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Para apelar una decisión sobre el Formulario I-130, escribe el número de registro de extranjero (número A) del pariente para quien realizas la petición en la parte superior del Formulario EOIR-29.
Formulario EOIR-26: decisiones tomadas por un juez de Inmigraciones
Para apelar una decisión de un juez de Inmigraciones, debes enviar el Formulario EOIR-26: Notificación de Apelación de una Decisión de un Juez de Inmigraciones a la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) con una tarifa de presentación de $110.
Primero debes “reservar la apelación” después de que el juez de Inmigraciones tome la decisión. Esto significa que solicitas al tribunal autorización para apelar u objetar la decisión del juez y que no renuncias a tu derecho a apelar. Una vez que hayas reservado la apelación, el juez te dará un Formulario EOIR-26. Debes presentar este formulario dentro del período de 30 días después de que el juez de Inmigraciones haya tomado la decisión.
La tarifa de presentación para el Formulario EOIR-26 es de $110. El cheque o giro postal debe ser pagadero al “Departamento de Justicia de EE.UU.”. NO envíes dinero en efectivo. Escribe tu nombre y número A en el cheque o el giro postal.
La BIA debe recibir el Formulario EOIR-26 dentro del período de 30 días después de que el juez haya tomado la decisión. Debes enviar tu solicitud por correo al menos una semana antes de que esos 30 días pasen para que haya tiempo de enviarlo a la BIA.
Consejos finales
La mayor parte de la información que necesitarás sobre a quién apelar y cuándo debes presentar la apelación estará disponible en tu Notificación de Negación, por lo que debes leerla detenidamente. Si tienes dudas, envía tu apelación dentro del período de 30 días después de la negación. Nunca abrevies “Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU.” en tu cheque o giro postal. Escribe tu número A (si corresponde) en el cheque o el giro postal junto con tu nombre.