A todos los ciudadanos estadounidenses se les permite patrocinar a ciertos familiares en el extranjero para convertirse en residentes permanentes de los EE.UU. con una vía a la ciudadanía.
Con el fin de patrocinar a su familiar(es) es necesario demostrar que tiene suficientes activos o ingresos para mantenerlo(s) una vez llegue(n) a los EE.UU.
El proceso de patrocinar a un familiar inicia cuando se presenta el Formulario I-130, Petición para un pariente extranjero. El formulario detalla la relación de parentesco que existe entre usted y la relación que usted patrocina.
Los parientes que pueden ser patrocinados por ciudadanos de EE.UU.
Ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a los siguientes familiares:
- Esposo o esposa
- Hijos casados o no casados
- Los padres ( los ciudadanos deben tener 21 años o más)
- Hermanos o hermanas ( el ciudadano debe tener 21 años o más )
Después de enviar su caso, usted está obligado a proporcionar evidencia acerca de su relación con el pariente que usted patrocina. Normalmente necesita presentar una copia del certificado de nacimiento junto con el Formulario I-130. Pero también puede ser necesario presentar otros documentos para proporcionar evidencia de su parentesco.
Documentos de apoyo y tasas
Los documentos de apoyo varían en función de la relación y si el beneficiario o solicitante tiene que presentar pruebas. Nuestro sistema está diseñado para personalizar la lista de documentos basados en los medios de aplicación.
La tasa de presentación es de $535.00 y debe ser pagada en forma de cheque o giro postal a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU.
Cómo se procesa el formulario I-130?
Después de la presentación del Formulario I-130, a su familiar va a ser colocado en línea con otros para procesar su caso ante el USCIS. Las aplicaciones se clasifican por la relación familiar.
La cantidad de tiempo varía de país a país. También depende de cuántas personas se han presentado para la inmigración. Tenga en cuenta que no hay período de espera para el patrocinio de los padres, cónyuges e hijos menores de 21 años.
Si usted es un patrocinador para su hermano, hermana o hijo casado más de 21 años, la familia de sus parientes también puede unirse a la persona patrocinada por la solicitud de una visa de inmigrante.