Inmigración

Cómo solicitar la ciudadanía estadounidense para tu hijo

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Existen varias formas de obtener la ciudadanía estadounidense para tu hijo. Los hijos de ciudadanos estadounidenses son elegibles para obtener la ciudadanía estadounidense aun cuando hayan nacido fuera del país.

Registrar a tu hijo como ciudadano estadounidense

En general, un hijo que nace fuera de EE.UU. automáticamente es ciudadano al nacer si uno de los padres es ciudadano estadounidense y ese padre cumple con estos requisitos de residencia:

Después de que el hijo haya nacido, puede registrarlo como ciudadano estadounidense mediante la presentación de un Informe Consular de Nacimiento en el Exterior (CRBA). El CRBA sirve como evidencia de su ciudadanía estadounidense. Una persona con un CRBA puede obtener un pasaporte estadounidense o asistir a una institución educativa de EE.UU. Los padres deben solicitar evidencia de la ciudadanía de sus hijos tan pronto como el niño nace. En general, debes realizar la presentación antes de que tu hijo cumpla 18 años.

Los CRBA solo se otorgan a niños que se convirtieron automáticamente en ciudadanos estadounidenses al nacer. Los niños que se convirtieron en ciudadanos después de nacer obtienen un Certificado de Ciudadanía en vez de un CRBA.

Debes presentar el Formulario N-600: Solicitud de Certificado de Ciudadanía  para pedir la ciudadanía para un hijo que nació fuera de EE.UU. y no recibió automáticamente la ciudadanía al nacer.  No tienes que presentar este formulario para un hijo que es automáticamente ciudadano, pero si presentas este formulario, el Certificado de Ciudadanía será evidencia de que tu hijo es ciudadano.

Entre los niños que reciben automáticamente la ciudadanía estadounidense se incluyen los siguientes:

Una persona de 18 años como mínimo puede presentar el Formulario N-600 por cuenta propia. Un padre o madre, o un tutor legal deben presentar el Formulario N-600 para los hijos menores de 18 años. Los documentos que deben incluirse en el Formulario N-600 son los siguientes:

Existe una tarifa de presentación de $1.170 para el Formulario N-600 (o $500 si los padres realizan la solicitud para un hijo adoptado. Sin embargo, revise este cargo). Luego de que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) apruebe la solicitud, enviará evidencia de la ciudadanía del hijo. El hijo tomará el juramento de lealtad si tiene edad suficiente para comprender el significado del juramento.

Hijos nacidos fuera del matrimonio

Registrar a un hijo nacido fuera del matrimonio (un hijo nacido de padres no casados) para que obtenga la ciudadanía estadounidense es un poco más complicado si el hijo nació de un padre ciudadano estadounidense y una madre que no es ciudadana estadounidense. Para solicitar un CRBA, el padre debe demostrar lo siguiente:

Registrar a un hijo nacido fuera del matrimonio para que obtenga la ciudadanía estadounidense cuando la madre del niño es ciudadana estadounidense y el padre no es ciudadano estadounidense también tiene requisitos adicionales. Para solicitar un CRBA, la madre debe demostrar lo siguiente:

Los requisitos de residencia incluyen que el padre o la madre estadounidense hayan vivido en EE.UU. durante al menos un año completo antes de que el niño naciera.

Hijos de ciudadanos estadounidenses naturalizados

Existen requisitos generales para hijos de padres que se convierten en ciudadanos naturalizados y que actualmente viven en EE.UU. Estos niños se convierten en ciudadanos estadounidenses cuando sus padres se naturalizan si cumplen con determinados requisitos, incluidos los siguientes:

Hijos adoptados por ciudadanos estadounidenses

Existen formas para que los hijos adoptados se conviertan automáticamente en ciudadanos. Los hijos adoptados que viven fuera de EE.UU. pueden obtener la ciudadanía si todo lo siguiente es verdadero:

Una sentencia de adopción definitiva sirve como evidencia de que la madre o el padre ciudadano estadounidense tengan la custodia legal del niño.

Hijos mayores de 18 años

El Formulario I-130: Petición para Pariente Extranjero permite que un ciudadano estadounidense o un titular de la tarjeta verde realice una petición para que un pariente reciba una tarjeta verde. Un ciudadano estadounidense o un titular de la tarjeta verde pueden presentar este formulario para un hijo de cualquier edad, casado o soltero.

El Formulario-130 aprobado le otorga al pariente inmigrante una visa (cuando esté disponible) que le permite vivir de manera permanente en EE.UU. Un padre o una madre puede presentar el Formulario I-485: Solicitud de Registro de Residencia Permanente o de Ajuste de Condición al mismo tiempo o después de que el hijo obtiene la visa. El Formulario I-485 es una solicitud para pedir una tarjeta verde.

Una persona mayor de 18 años que cumple con los requisitos para convertirse en ciudadano estadounidense puede completar el Formulario N-400: Solicitud de Naturalización. Puede presentar este formulario para solicitar al USCIS que le otorgue la ciudadanía estadounidense. Para presentar el Formulario N-400, la persona que realiza la presentación debe cumplir con lo siguiente:

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