Inmigración

Cómo apadrinar a un familiar para la Ciudadanía

A todos los ciudadanos estadounidenses se les permite patrocinar a ciertos familiares en el extranjero para convertirse en residentes permanentes de los EE.UU. con una vía a la ciudadanía.

Con el fin de patrocinar a su familiar(es) es necesario demostrar que tiene suficientes activos o ingresos para mantenerlo(s) una vez llegue(n) a los EE.UU.

El proceso de patrocinar a un familiar inicia cuando se presenta el Formulario I-130, Petición para un pariente extranjero. El formulario detalla la relación de parentesco que existe entre usted y la relación que usted patrocina.

Los parientes que pueden ser patrocinados por ciudadanos de EE.UU.

Ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a los siguientes familiares:

Después de enviar su caso, usted está obligado a proporcionar evidencia acerca de su relación con el pariente que usted patrocina. Normalmente necesita presentar una copia del certificado de nacimiento junto con el Formulario I-130. Pero también puede ser necesario presentar otros documentos para proporcionar evidencia de su parentesco.

Documentos de apoyo y tasas

Los documentos de apoyo varían en función de la relación y si el beneficiario o solicitante tiene que presentar pruebas. Nuestro sistema está diseñado para personalizar la lista de documentos basados ​​en los medios de aplicación.

La tasa de presentación es de $535.00 y debe ser pagada en forma de cheque o giro postal a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU.

Cómo se procesa el formulario I-130?

Después de la presentación del Formulario I-130, a su familiar va a ser colocado en línea con otros para procesar su caso ante el USCIS. Las aplicaciones se clasifican por la relación familiar.

La cantidad de tiempo varía de país a país. También depende de cuántas personas se han presentado para la inmigración. Tenga en cuenta que no hay período de espera para el patrocinio de los padres, cónyuges e hijos menores de 21 años.

Si usted es un patrocinador para su hermano, hermana o hijo casado más de 21 años, la familia de sus parientes también puede unirse a la persona patrocinada por la solicitud de una visa de inmigrante.

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