DENVER (CO), 28 nov (EFEUSA).- La corte del Décimo Circuito de Apelaciones en Denver dictaminó que no se le puede negar la libertad bajo fianza a presos indocumentados sólo por carecer de presencia legal en el país, o por su potencial deportación antes de llegar a juicio, informaron hoy medios locales.
El dictamen, fallado la semana pasada pero difundido hoy en su versión completa, se centró en el caso del guatemalteco Mario Ailón-Ailón, quien está encarcelado esperando un juicio.
Antiguo residente en Dodge City, Kansas, el guatemalteco argumentó que esa decisión era ilegal pues se basó en una confusión sobre su situación inmigratoria por parte de los fiscales.
Ailón-Ailón fue arrestado en julio por robo agravado de identidad, uso de un número falso de seguro social y declaraciones falsas por escrito ante autoridades federales.
Además, ya había sido deportado en 2001, aunque luego reingresó al país.
Debido a que se le negó la fianza por el riesgo de que “escapase”, el guatemalteco sostuvo que “escaparse” y “ser deportado” no pueden ser considerados como equivalentes, porque uno es un acto voluntario y el otro no.
Un juez de primera instancia falló a favor suyo.
Más tarde, la corte de apelaciones local revirtió ese fallo y el caso derivó al Décimo Circuito de Apelaciones, que incluye a Colorado, Kansas, Nuevo México, Oklahoma, Utah y Wyoming.
La corte regional aceleró la consideración del caso y encontró que “escaparse” en la Ley (federal) de Reforma de Fianzas es una referencia “a un acto volitivo y no una remoción involuntaria”.
Pero eso no significa que fue ilegal el haber mantenido en la cárcel a Ailón-Ailón.
Según el nuevo fallo, los jueces deben ahora decidir “caso por caso” si concederán fianza o mantendrán encarcelados a inmigrantes “deportables”.
Y esas consideraciones no pueden incluir la posibilidad de la deportación del acusado.
En el caso específico de Ailón-Ailón, el fiscal pidió y obtuvo el encarcelamiento del inmigrante, en vez de entregarlo a las autoridades federales de inmigración, para evitar así toda posibilidad de que el guatemalteco fuese deportado antes del juicio.
De acuerdo con el nuevo fallo, los jueces ya no podrán aceptar pedidos similares al decidir si otorgan o no la fianza, aunque deberán tener en cuenta otros factores.
Estos son algunos como los antecedentes criminales del detenido, su carácter moral, pedidos de detención por parte del Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE) y otros procedimientos civiles que involucren al acusado.
Con Ailón-Ailón la corte ordenó que un juez local establezca las condiciones de su fianza, pero también que se informe a ICE para que proceda a detenerlo.